Ana Laura Hernández / ahernandez@bdsasesores.com

Artículo 2019 (Costa Rica) ESP1

Se acercan los últimos días del año y con ello, las fiestas y actividades navideñas en los diferentes centros de trabajo. Sin embargo, es importante tomar ciertas medidas y seguir algunas recomendaciones prácticas con el fin de prevenir eventualidades que puedan impactar en los patronos y trabajadores:

  • Comunicados generales sobre las normas de comportamiento: Recomendamos a las empresas, emitir directrices a sus trabajadores donde se les recuerden las normas básicas de comportamiento que se espera de ellos en los paseos navideños, actividades de convivio y fiestas navideñas. Es importante que los colaboradores tengan claridad sobre cuáles son las conductas que no serán toleradas en las actividades de celebración, pues sobre todo, se debe mantener la cordialidad y el respeto en el ambiente de trabajo.
  • Sobre el consumo de alcohol: Si la empresa decide ofrecer alcohol en las fiestas o actividades, recomendamos limitar y controlar el consumo para evitar los excesos. Se debe recordar que la empresa tiene la potestad de sancionar cualquier acción que contraríe las obligaciones de todo trabajador, incluida la de mantener un ambiente de respeto y no atentar contra las buenas costumbres. En este sentido, son múltiples las situaciones que se podrían presentar en este tipo de actividades, por lo tanto, la empresa y los trabajadores deben saber que las faltas graves pueden terminar incluso, en despidos sin responsabilidad patronal.
  • Sobre los accidentes que se presentan en estas actividades: En caso de que se dé algún accidente en los festejos, la empresa debe saber que, en principio, este debería tramitarse como un riesgo de trabajo tomando en consideración que el trabajador se encuentra bajo las órdenes y autoridad del patrono, siendo esta una actividad empresarial -aún y cuando los trabajadores se encuentren fuera de su jornada laboral-. Evidentemente, cada caso e incidente debe ser analizado de forma particular pues hay situaciones específicas donde no aplicaría esta regla, por ejemplo, accidentes provocados por una ingesta de alcohol.
  • Sobre las fiestas de las Asociaciones Solidaristas: Las fiestas que regularmente organizan las Asociaciones Solidaristas de diversas empresas, son propensas a que se dé también alguna de las situaciones mencionadas, en cuyo caso, la responsabilidad recaería directamente sobre la Asociación al ser esta una entidad jurídica independiente; no obstante, los patronos deben tomar en consideración que existe un riesgo de una responsabilidad solidaria compartida.

En términos generales, en estas épocas festivas se debe disfrutar con cautela y atendiendo a las normas de convivencia en el ambiente de trabajo. Cualquier eventualidad que surja, debe ser comunicado a sus asesores legales, para atender el caso en apego a la legislación y normas laborales a fin de proteger al trabajador y a la empresa.