Migración y Expatriados

Es nuestra práctica migratoria, la cual busca ofrecer un servicio del más alto nivel y con tarifas competitivas. Este servicio pretende unificar temas laborales y migratorios para brindarles una atención integral y personalizada tanto a las empresas como a los trabajadores extranjeros que estas requieran trasladar a nuestro país.

Acreditación de Empresa ante la Dirección General de Migración y Extranjería y Renovación del Reconocimiento

Costa Rica busca fomentar el establecimiento de empresas extranjeras y que estas logren desarrollar sus operaciones de la mejor manera. El sistema de Reconocimiento de Empresa permite a las compañías trasladar personal extranjero con mayor facilidad y con plazos de resolución menores, además de que se realizan en una Ventanilla Preferencial. Este Reconocimiento es otorgado por un período de dos años, con posibilidad de ser renovado por el mismo plazo.   

Residencias temporales para trabajadores y sus dependientes

La residencia temporal es una autorización de permanencia temporal en Costa Rica, generalmente relacionada con una situación laboral. Esta es otorgada de forma temporal y es válida por un periodo inicial de hasta dos años, con posibilidad de ser renovada una vez por el mismo plazo.

Residencias permanentes para trabajadores y sus dependientes

La Residencia Permanente es una autorización de permanencia indefinida en Costa Rica, a la cual se podrá optar por dos posibles razones: vínculo con un costarricense o aquellas personas que han mantenido una Residencia Temporal por un período de tres años. Es otorgada por tiempo indefinido.

Permisos de estancia

Los Permisos de estancia son una autorización de permanencia temporal en Costa Rica, generalmente relacionada con un proyecto laboral de duración determinada. Las estancias pueden tener una validez inicial de tres, seis meses o un año, con la posibilidad de ser renovadas renovado una vez por el mismo plazo. Estos permisos no se consideran residencias, por lo que la persona solo podrá realizar las funciones aprobadas durante el tiempo establecido y no podrá recibir remuneración en Costa Rica.

Renovación de cédulas y permisos de residencia (DIMEX)

Al igual que las cédulas de identidad costarricenses, todos los documentos emitidos por la Dirección General de Migración y Extranjería, conocidos como DIMEX, deberán ser renovados periódicamente. Estas renovaciones aplican para la Residencia Temporal, Residencia Permanente y el Permiso de Estancia.

Cambios de condición

Las personas extranjeras podrán optar por un cambio de categoría migratoria en el momento en que cumplan con los requisitos solicitados, por la que así deseen. Estos cambios incluyen: cambio de permiso de estancia a residencia temporal y cambio de residencia temporal a residencia permanente.

Además de los anteriores, se puede solicitar un cambio de patrono, en el caso de aquellos trabajadores con Residencia Temporal aprobada, ligada a una empresa determinada, que sean contratados por otra empresa.

Visas de ingreso

Actualmente la Dirección General de Migración y Extranjería cuenta con una clasificación con la cual determina, según su nacionalidad, si la persona extranjera necesitará solicitar una visa de ingreso para poder entrar a Costa Rica. Estas visas tendrán una duración de 30 días, que podrían ser prorrogables a 90 días naturales, siempre y cuando se presente una solicitud y la Dirección General de Migración y Extranjería lo apruebe. Trabajadores que se encuentren en grupos de nacionalidades con necesidad de obtener visa de ingreso, deberán realizar este procedimiento antes de poder optar por alguna autorización de permanencia.

Naturalización

Adicionalmente a todos los procesos anteriores, que se realizan ante la Dirección General de Migración y Extranjería, existe una opción para aquellas personas que deseen convertirse en ciudadanos costarricenses.

El proceso de naturalización se realiza ante el Tribunal Supremo de Elecciones (Registro Civil). Podrán optar por esta aquellos en matrimonio con costarricense por al menos dos años, con residencia legal en el país por cinco años para centroamericanos, iberoamericanos y españoles, y de siete años para las demás nacionalidades.

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